¿DUDAS INMOBILIARIAS?

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sábado, 30 de junio de 2007

EL DFL - 2



El DFL 2, llamadas Viviendas Económicas) un decreto con fuerza de ley N° 2, de 31 de julio de 1959, sobre Plan Habitacional de viviendas Económicas.

Este decreto tiene por finalidad que aquellas casas o departamentos, cuya superficie construida no supere los 140 metros cuadrados, gocen de algunas ventajas en materia tributaria.

Los beneficios tributarios son:
1)Si usted arrienda dichas propiedades, el monto que recibe en calidad de arriendo NO es considerado renta, usted NO esta obligado a incluirlo en su declaración anual de impuestos. Este beneficio NO se extingue en el tiempo, y no va a importar cuantas propiedades tenga en arriendo. *** Esto es importante, y constituye uno de los motivos fundamentales de que muchas empresas constructoras vendan propiedades que no superen los 140 metros cuadrados útiles.

2) Hay una rebaja en el 50 % del impuesto territorial (contribuciones). Lamentablemente en este caso hay topes:
- Viviendas de menos de 70 metros cuadrados: 20 años de beneficio, desde firmada la escritura de compraventa.
- Viviendas entre 71 y 100 metros cuadrados: 15 años de beneficio, desde firmada la escritura de compraventa.
- Viviendas entre 101 y 140 metros cuadrados: 10 años de beneficio, desde firmada la escritura de compraventa.

3) Existe un libre pago de impuestos a la herencia y de donación si se compra un DFL - 2 nuevo, siempre que sea la primera transferencia.

4) En los DFL - 2 nuevos, el impuesto al mutuo, (si compra mediante crédito hipotecario), es la mitad de lo que paga una vivienda de más de 140 metros cuadrados.

5) Si usted vende un DFL - 2, todo lo que recibe como producto de la compraventa NO es considerado renta, esta libre de impuestos.

Recuerde: Estos beneficios se pierden en el momento que la vivienda deje de ser considerada un DFL - 2.

Fuentes:
Libro: Mis Finanzas Personales año 2002-2003/ Autores:Juan Jaime Díaz - Manuel Silva.
Diario El Mercurio.
DFL-2 del año 1959.

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